COMPRO SU PROINDIVISO, HERENCIA , PARTE DE UN INMUEBLE  EN 3 DIAS SIN NECESIDAD DE ACUERDO CON OTROS HEREDEROS    91 315 92 04.VENDA SU PROINDIVISO EN 72H 609 05 96 81 /609 12 41 49
 

2024-06-04

La división de la cosa común y el divorcio

La división de la cosa común y el divorcio
En el año 2012, el artículo 438 de la Ley de Enjuiciamiento Civil fue
reformulado y su contenido se ubicó en el artículo 437.4 a partir del año 2015.

Esta reformulación establece que en los procedimientos de separación, divorcio
o nulidad, cualquiera de los cónyuges puede ejercer simultáneamente la acción
de división de la cosa común respecto a los bienes que tengan en comunidad
ordinaria indivisa. Si existen diversos bienes en régimen de comunidad
ordinaria indivisa, el tribunal puede considerarlos en conjunto para formar lotes
o adjudicarlos.
Esta reforma permite acelerar parte del proceso de división de la cosa común
en ciertas situaciones, lo que demuestra que el legislador era consciente de la
falta de un procedimiento específico para estos casos, algo que los abogados
especializados habían señalado.
En el caso de un matrimonio en régimen de sociedad de gananciales, es
probable que la única propiedad que tengan en común sea un bien inmueble.
En este caso, no será necesario recurrir a la liquidación de gananciales, sino
que se puede iniciar directamente un procedimiento judicial de división de la
cosa común.
Sin embargo, es importante destacar el vacío legal en cuanto a las parejas de
hecho, ya que no se permite la acumulación de acciones de divorcio y división
de la cosa común en caso de una crisis de pareja. Esto resulta ilógico, ya que
en estas situaciones también podría ser necesario extinguir la copropiedad
sobre el bien que ambos miembros de la pareja tengan en común.

nacho - 11:27:27 @ General

Entrevista

Entrevista y Blog

 
 
Correo
Llamada